jueves, 18 de octubre de 2012

Ética y acuerdo.




Considero en este eje tan importante mi interpretación de las expresiones más significativas:

Ética en abordaje de violencia familiar: Entrenamiento permanente adecuado con capacitaciones y especializaciones continuas de los conductores del proceso, de ambos sexos, actuando en comediación. No permitir acuerdos suscriptos en base al desequilibrio de poder entre partes. Apelar a la sesión privada como herramienta procedimental para recabar información de la victima de violencia, resguardando así su seguridad, amparada en el compromiso de confidencialidad.

Ética y acuerdo:
El mediador no presionara sino que asistirá a las partes para que éstas alcancen SU acuerdo. Los protagonistas son las partes. El mediador sólo facilita el dialogo entre los protagonistas.

El mediador no prolongará improductivamente discusiones que pueden resultar emocional y monetariamente costosas para los participantes. Lucrar con la desgracia ajena es deplorable. Yo agrego: “… no forzará la suscripción de acuerdos en el menor tiempo posible, en perjuicio de la real satisfacción de necesidades e intereses de las partes.

Si el mediador considera que los participantes no están en condiciones de participar en el proceso con pleno entendimiento de su significado… deberá suspender o terminar la mediación. Es fundamental brindar información básica a las partes acerca de las características del proceso de mediación, los roles de sus participantes, derechos y obligaciones, previo a la 1º sesión. Considero que no basta con la explicación que ofrece el mediador en su discurso de apertura ya que en ese momento difícilmente las partes estén en condiciones psico-emocionales como para incorporar y asimilar el contenido de ese discurso. La información ofrecida, por ejemplo, a través de folletería en la sala de espera es viable y rinde sus frutos. Inclusive puede remitírsele información a las partes, por mail, días antes de desarrollarse la primera reunión de partes.

¿Está el mediador capacitado para ayudar a las partes en el caso concreto? Sencillamente, considero aquí el acto de grandeza de reconocer cuándo una situación especial lo supera a uno como facilitador de la comunicación. Lo correcto es dar un paso al costado.

En el caso que se alcance un acuerdo en que un mediador considere que es ilegal, o injusto… el mediador, a mi criterio, debe informar a las partes de las dificultades que ve en el acuerdo y dejar que ellas revean y resuelvan. En el caso de que éstas no acepten la sugerencia del mediador, éste debe retirarse como tal y revelar públicamente la razón de su accionar.

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